El artículo 14 de la Ley de Migración y Extranjería establece que las personas extranjeras gozan de los mismos derechos en materia laboral que las chilenas, sin perjuicio de los requisitos y sanciones que la ley establezca para determinados casos
A su vez señala que empleadores deberán cumplir con sus obligaciones legales en materia laboral, sin perjuicio de la condición migratoria irregular del extranjero contratado. Lo anterior, no obstante las sanciones que, en todo caso, está facultada para imponer la Inspección del Trabajo.
Tu solicitud fue completada pero no ha comenzado su tramitación, ya que falta realizar el pago y, por lo tanto, aún no ha sido remitida al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG).
¿Cómo hago esto?
Nota:
Luego de completar esta etapa recibirás un comprobante de envío. Dicho documento sólo comprueba el envío de tu solicitud y no puede ser utilizado con otros fines.
Tu solicitud ha sido recibida por SERMIG.
En esta etapa, podrías recibir una notificación por correo electrónico si tu solicitud no es acogida o si es necesario que envíes información adicional.
Sub etapas en algunos casos:
2.1 – Espera contrato de trabajo por temporada
En caso que hayas solicitado la residencia como trabajador de temporada:
Una vez que entres al país, tendrás 45 días para adjuntar tu contrato de trabajo. Para hacerlo, deberás seguir las instrucciones que recibirás en tu correo electrónico.
2.2 – Solicitud de documentos adicionales
Debes completar la documentación adicional que se te está solicitando.
¿Cómo hago esto?
Abre la bandeja de entrada, busca tu solicitud y haz clic en el botón «Ir al trámite». Si no recuerdas el ID, encuéntralo en la notificación que recibiste por correo o en tu historial de trámites.
Adjunta los documentos solicitados y presiona el botón «Finalizar» para que el registro quede completo.
2.3 – Pago de derechos (diferencia)
Tu solicitud se encuentra en la etapa de realizar el pago de derechos.
¿Cómo hago esto?
Abre la bandeja de entrada, busca tu solicitud y haz clic en el el link que te lleva al portal de pagos de la Tesorería General de la República (TGR). Si no recuerdas el ID, encuéntralo en la notificación que recibiste por correo o en tu historial de trámites.
2.4 – Análisis complementario
SERMIG está realizando el análisis complementario de los documentos presentados.
2.5 – Análisis consular
Debes concurrir al consulado chileno más cercano a tu domicilio, con la finalidad de complementar los documentos presentados en tu solicitud.
SERMIG se encuentra en proceso de emitir una resolución de tu solicitud.
Sub etapa en algunos casos:
3.1 – Notificación previa al rechazo
Tu solicitud ha sido rechazada, pero puedes presentar descargos sobre la causal indicada.
Revisa los motivos en la notificación enviada a tu correo electrónico. Tienes 10 días hábiles, contados desde el envío de esa notificación, para entregar los documentos que respalden tu apelación.
Si los envías dentro de ese plazo, SERMIG volverá a evaluar tu solicitud.
¿Cómo hago esto?
SERMIG ya emitió un proyecto de resolución, el cual está siendo revisado por la autoridad.
Cuando esté firmado, recibirás una notificación en tu correo electrónico con la resolución adjunta.
Tu solicitud ya fue completamente tramitada y la respuesta de SERMIG fue enviada a tu correo electrónico. También puedes revisar la notificación en la bandeja de entrada del Portal de Trámites Digitales.
Si tu solicitud fue rechazada, puedes presentar un recurso administrativo para solicitar una revisión de lo resuelto.
Antes de descargar tu Estampado Electrónico debes verificar la información que contiene.
¿Cómo hago esto?
Sub etapa en algunos casos:
6.1 – Espera contrato por oferta de trabajo
Si solicitaste la residencia como trabajador de temporada o para realizar actividades lícitas remuneradas:
Ya puedes descargar tu Estampado Electrónico dentro del plazo de 120 días hábiles desde la fecha en que se otorgó la Residencia Temporal.
Una vez descargado, tendrás 90 días corridos para entrar a Chile. El período de vigencia del permiso se contará a partir de tu ingreso al país.
Nota: En caso que detectes errores en la información, en esta etapa aún puedes solicitar una rectificación de la Residencia Temporal otorgada.
IMPORTANTE
Una vez que actives tu Estampado Electrónico, tienes un plazo de 30 días corridos para solicitar cita en Registro Civil para obtener tu cédula de identidad. Si no lo haces estarás cometiendo una infracción migratoria y puedes ser sancionado con el pago de una multa.
Si vienes a Chile para trabajar, necesitas un Permiso de Residencia Temporal que te habilite a realizar actividades remuneradas.
En el sitio oficial del Servicio Nacional de Migraciones encontrarás los requisitos, etapas y formularios para postular desde el extranjero o desde dentro del país.
Descarga esta guía diseñada con el propósito de explicar, de manera clara, cuáles son los documentos válidos que permiten a una persona extranjera trabajar en Chile. En ella encontrarás ejemplos y explicaciones sobre cédulas de identidad, permisos de residencia temporal, certificados en trámite y otros documentos que son reconocidos oficialmente para ejercer actividades remuneradas en el país.